Seguro Obligatorio de Accidentes Personales (SOAP)

Es un seguro obligatorio que otorga cobertura en caso de muerte y por las lesiones corporales que sean consecuencia directa de accidentes en los cuales intervenga el vehículo asegurado.
Características:
- Es un seguro exigido y regulado por la Ley N° 18.490.
- La póliza del seguro SOAP es única, la cual es elaborada por la CMF.
- Este seguro debe ser contratado por todo propietario de un vehículo motorizado, remolque, acoplados, casas rodantes u otros similares, al momento de adquirir su Permiso de Circulación.
- Se puede contratar directamente en una aseguradora o por internet en los sitios web de éstas o a través de sistema POS.
- No cubre los daños causados al vehículo, sólo ampara los riesgos de muerte y lesiones de las personas a consecuencia de accidentes y reembolsa los gastos médicos y hospitalarios.
- Cubre los gastos médicos relativos a la atención pre-hospitalaria y el transporte sanitario, la hospitalización, la atención médica, quirúrgica, dental, prótesis, implantes, los gastos farmacéuticos y de rehabilitación de las víctimas.
- Su contratación consta en un Certificado que es entregado por la compañía de seguros al propietario del vehículo, el cual contiene entre otras menciones, los datos del vehículo y la individualización de su propietario.
- El seguro SOAP tiene preferencia frente cualquier otra prestación cubierta por una ISAPRE o FONASA u otro seguro complementario de salud o accidente.
- Montos de indemnización:
- Muerte: 300 UF por persona
- Incapacidad permanente total: 300 UF por persona
- Incapacidad permanente parcial: hasta 200 UF por persona
- Gastos médicos hospitalarios: hasta 300 UF (nivel 03 FONASA)- Los Beneficiarios en caso de muerte en orden de precedencia son:
- El Cónyuge sobreviviente
- Los hijos menores de edad
- Los hijos mayores de edad
- Los padres
- La madre de los hijos de filiación no matrimonial del fallecido
- A falta de las personas antes indicadas, la indemnización corresponderá a quien acredite la calidad de herederoEn caso de accidente, debe:
- Concurrir a un servicio de Urgencia, para ser atendido (a) por sus lesiones físicas (conductor, pasajero, peatón, ciclista, motorista) especificando que es accidente de tránsito.
- Realizar denuncia en Carabineros de Chile. Para ello debe conocer la patente del vehículo. Sin este dato es imposible identificar un vehículo involucrado.
- Solicitar certificado otorgado por el Tribunal competente o el Ministerio Público, en el cual se consignen los datos del accidente de tránsito, de acuerdo al parte enviado al tribunal competente.
- Denunciar el siniestro ante la compañía de seguros.
- Guardar los certificados y boletas de gastos médicos en los que haya incurrido a causa del accidente, así como el documento emitido por el juzgado o fiscalía. Preséntelos en la compañía de seguros para que le reembolsen el dinero correspondiente.Los plazos para reclamar los beneficios son:
- Regla General: un año contado desde la fecha en que ocurrió el accidente o a partir de la muerte del accidentado siempre que haya ocurrido dentro del año siguiente a la fecha del accidente, según sea el caso.
- Incapacidad permanente: un año desde la fecha de emisión del certificado médico, el cual no podrá presentarse luego de dos años desde la fecha del accidente.
- La compañía de seguros deberá pagar en un plazo de 10 días, contados desde la presentación de los antecedentes.:
Precauciones y advertencias
Al contratar el seguro SOAP tener en cuenta las siguientes recomendaciones:
- Asegúrese que los datos del vehículo asegurado establecidos en el Certificado SOAP sean correctos.
- Recuerde que es necesario hacer la denuncia del accidente en Carabineros de Chile
- Mantenga su Certificado SOAP junto con la documentación del vehículo, puesto que puede ser solicitado en cualquier momento por Carabineros.
- Tenga presente los límites de cobertura establecidos en la póliza. Las condiciones de esta póliza pueden consultarse en el depósito de pólizas de la CMF, ingresando el código POL320130487.